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RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR EN LOS ACCIDENTES DE TRABAJO POR EL USO DE VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LOS TRABAJADORES

RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR EN LOS ACCIDENTES DE TRABAJO POR EL USO DE VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LOS TRABAJADORES

En el ámbito laboral, cada sentencia que emana de la Corte Suprema de Justicia genera un impacto significativo en la manera en que las empresas abordan la seguridad y el bienestar de sus empleados. Recientemente, la sentencia SL060 del 2024 ha arrojado luz sobre un aspecto crítico pero muchas veces descuidado: la responsabilidad del empleador en los accidentes de trabajo relacionados con el uso de vehículos propiedad de los trabajadores.

Un caso de ejemplo

El caso en cuestión involucra a un trabajador cuya función como gestor comercial requería el desplazamiento frecuente. Desafortunadamente, un accidente de tránsito, mientras se transportaba en su motocicleta personal, resultó en la pérdida significativa de su capacidad laboral del 50,4%.. Ante esta situación, el trabajador demandó a su empleador, alegando falta de instrucciones de seguridad vial, suministro inadecuado de elementos de protección y ausencia de medidas de control para prevenir accidentes.

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Argumentos de la defensa

La defensa de la empresa se basó en la afirmación de que nunca había ordenado al empleado utilizar su propio vehículo y que este contaba con la licencia de conducción requerida. Además, argumentaron que el accidente fue causado por una situación imprevista -dos perros en la vía-, eximiendo así cualquier responsabilidad.

Sin embargo, el juez evaluó el perfil de funciones del trabajador y determinó que el transporte era una actividad inherente a su cargo. La empresa no adoptó controles adecuados en materia de seguridad vial para quienes utilizaban vehículos en la ejecución de sus labores, a pesar de ser una actividad de alto riesgo. Además, no verificaron que el empleado portara elementos de seguridad ni adoptaron medidas para prevenir accidentes. Por lo tanto, condenó a la empresa al reconocimiento de la indemnización.

La sentencia

La sentencia también revela los costos financieros específicos que la empresa debe asumir. Por lucro cesante consolidado, se le adeuda al demandante la suma de $143.748.618. Además, por perjuicio moral, se debe pagar 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de pago

Esta decisión establece un precedente importante para todas las empresas que requieran que sus empleados se desplacen utilizando sus propios vehículos. Es fundamental que las empresas establezcan controles rigurosos y procesos de verificación para evitar accidentes viales durante el desarrollo de las funciones laborales, incluso cuando se utilicen vehículos particulares. La seguridad vial debe ser una prioridad, y cualquier medida destinada a mitigar los riesgos asociados con la conducción debe ser implementada de manera proactiva.

La seguridad laboral no es opcional

La sentencia SL060 del 2024 es un recordatorio de que la seguridad laboral no es opcional; es una inversión inteligente. No espere a que un accidente ocurra para tomar medidas. Contáctenos hoy mismo y proteja a su empresa, sus empleados y su futuro. Juntos, construiremos un entorno laboral seguro y próspero.

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